Por José Amado
La Ley nacional 27.801 bajó la edad de punibilidad para adolescentes de 14 años en adelante, por decisión mayoritaria del Congreso de la Nación, en marzo de este año. Se otorgó seis meses para que cada provincia realice las obras necesarias, capacite y contrate al personal necesario para poder cumplir con los requerimientos que establece la normativa bajo los cuales un menor debe cumplir una pena de privación de la libertad.
En septiembre, entonces, se reglamentó la legislación tan ansiada por los sectores más punitivistas de la sociedad y la política que consideran la respuesta del sistema penal como una solución al drama de los niños y adolescentes que delinquen. Sin embargo, en Entre Ríos no se ha avanzado en los aspectos de infraestructura para cumplir con lo que la Ley ordena. Desde el ministro de Seguridad Néstor Roncaglia, hasta el defensor general de la provincia, Maximiliano Benítez, han manifestado que basta con los actuales centros socioeducativos cerrados del COPNAF.
Uno es el de Paraná, ubicado en calle Diamante 377. El otro está en Concordia, para los adolescentes de la costa del Uruguay y Departamentos más cercanos. Fueron creados para alojar a menores de 16 y 17 años con medidas cautelares de encierro en el marco de causas penales graves. Pero, según sostienen quienes conocen de cerca estos lugares, las condiciones edilicias, de espacios y la cantidad de personal necesario con que cuentan no son suficientes para alojar y cumplir con los derechos de adolescentes durante semanas o hasta 90 días, pero no reunirían las condiciones para alojar a un adolescente condenado a una pena de privación de la libertad extensa.
Desde personas que conocen por dentro el funcionamiento del COPNAF hasta quienes observan desde afuera, destacan a los profesionales y trabajadores del organismo que, muchas veces a pulmón, acuden a cumplir con su labor diaria. Sobre todo, en los contextos más difíciles que se presentan con los adolescentes involucrados en situaciones delictivas.
Ante esta situación, la presidenta del COPNAF, Clarisa Sack, y el director de Protección Integral de las Adolescencias del organismo, Pablo Galarza, hablaron con el programa Cuestión de Fondo (Canal 9 Litoral).
— Los dos centros socioeducativos cerrados que tiene el COPNAF en Paraná y Concordia, ¿están en condiciones hoy de recibir a adolescentes condenados a penas relativamente largas?
Pablo Galarza: —Los centros socioeducativos de régimen cerrado con los que contamos hoy están pensados y diseñados para recibir a adolescentes que no tienen una condena firme, sino que se encuentran en proceso de investigación. Los jóvenes permanecen allí bajo una medida cautelar de privación de la libertad, equivalente a la prisión preventiva en los adultos. Sobre ellos rige el principio de inocencia. Legalmente no podemos alojar en un mismo recinto a adolescentes procesados junto a aquellos que ya cuentan con una pena impuesta. Por lo tanto, en principio la respuesta es no: no es el lugar adecuado para alojar a quienes reciban condenas.
— En este sentido ¿qué gestiones se vienen realizando desde el COPNAF con autoridades del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial para evaluar cómo implementar este nuevo régimen penal juvenil?
Clarisa Sack: — Desde hace varios meses venimos trabajando en conjunto con diversos ministerios para adecuar la provincia a la ley reglamentada recientemente. Se está planificando hacia el año 2027 en materia presupuestaria y de procesos administrativos para la creación de un espacio diseñado específicamente para la detención de adolescentes condenados. Como señalaba Pablo, los centros cerrados actuales requieren obras de modificación, puesta a punto y la incorporación de personal técnico especializado. Mantenemos reuniones permanentes y es una preocupación del Gobernador contar con las condiciones necesarias. Cabe destacar que en nuestra provincia la cantidad de adolescentes que requerirían este tipo de medida no representa una cifra masiva, pero debemos estar preparados institucionalmente.
¿Qué capacidad tienen hoy los centros?
Pablo Galarza: —Dentro de los dispositivos penales del organismo funciona el programa de Libertad Asistida, que aborda a los adolescentes imputados por la Fiscalía; actualmente hay alrededor de 97 jóvenes bajo esta modalidad en la provincia. En cuanto a los centros cerrados para medidas cautelares breves dictadas por los jueces (de hasta 45 días renovables), hay dos en Concepción del Uruguay y ninguno en Paraná. El centro de Paraná lleva un mes sin ocupantes, dado que la dinámica de ingreso es muy variable. Por ello, se busca reforzar los equipos de Libertad Asistida para la franja de 14 a 17 años y adecuar la infraestructura de los centros cerrados. Desde la entrada en vigencia de la norma el 5 de septiembre, no se ha registrado un incremento significativo de ingresos en ninguna de las modalidades.
—La nueva ley establece requerimientos de espacios educativos, aulas y áreas de recreación o actividad física. Las dependencias actuales de la provincia ¿reúnen estas condiciones o habría que buscar un nuevo inmueble?
Pablo Galarza: —La dinámica del nuevo centro especializado para el cumplimiento de penas debería ser similar a la actual. En los centros vigentes trabaja personal de la dirección y del equipo técnico-psicológico del COPNAF, junto a efectivos del Servicio Penitenciario que prestan servicio vestidos de civil, encargados de la seguridad y capacitados para impartir talleres a los jóvenes. Además, existen convenios con el área educativa para disponer de docentes de nivel primario y secundario según la población alojada. Se busca replicar esta misma articulación en el nuevo espacio especializado.
El lugar físico ¿podría ser el mismo?
Pablo Galarza: —No, no puede ser el mismo inmueble debido al principio de inocencia que mencionaba. Además, las instalaciones actuales tienen una capacidad reducida (cupo para 6 jóvenes en Paraná y 6 en Concepción del Uruguay), lo que impide sectorizar o separar a procesados de condenados.
— Y en el caso de las adolescentes mujeres, ¿están en la misma situación? ¿Se dispone de espacio para albergar a varones y mujeres en los mismos centros?
Pablo Galarza: —Se están proyectando obras en Paraná para disponer de plazas de detención cautelar destinadas a mujeres, ya que los dos centros cerrados actuales son exclusivamente masculinos. Para el nuevo centro especializado se planifica una infraestructura con sectores diferenciados, contemplando un cupo aproximado de 10 varones y dos mujeres, considerando que históricamente no se han registrado casos de mujeres con medidas cautelares de privación de la libertad.
—Respecto al personal ¿se requerirá la contratación de equipo especializado para la implementación de esta ley o se considera suficiente la planta actual?
Pablo Galarza: —Se va a requerir la incorporación y capacitación de personal especializado para este nuevo centro. Si bien el personal actual del COPNAF y del Servicio Penitenciario cuenta con idoneidad y dicta talleres, al tratarse de un dispositivo nuevo se necesitará reforzar el recurso humano específico.
— Por último, sobre la articulación con el Poder Judicial: el juez penal de Nios y Adolescentes de Paraná, Pablo Barbirotto, planteó en su momento que no estaban dadas las condiciones actuales y que ante una eventual condena aplicaría prisión domiciliaria. ¿Existe diálogo o coordinación con los jueces o la Defensoría Pública?
Clarisa Sack: —Existe un diálogo fluido para proyectar la aplicación de las medidas y, fundamentalmente, para potenciar el departamento de Libertad Asistida. La nueva legislación promueve intervenciones de abordaje comunitario, que es la línea estratégica que estamos fortaleciendo. En ese marco, contamos con un convenio de cooperación con UNICEF para brindar asistencia técnica y capacitar a los profesionales del interior provincial, asegurando que cada territorio disponga de herramientas para la contención integral de los adolescentes. Para abordar la situación del adolescente desde todas sus dimensiones.
El Régimen Penal Juvenil establece, en diferentes artículos, que deben existir “medidas educativas y de resocialización”, que, además de la sanción que corresponda, el adolescente debe participar en acciones orientadas a: continuar sus estudios, aprender un oficio o capacitarse para el trabajo, comprender la gravedad del hecho cometido, favorecer su reinserción social y el desarrollo de su proyecto de vida.
Cuando se impone una medida o una pena, el juez debe designar un supervisor especializado que acompañe al adolescente durante el proceso. Sus funciones son: mantener entrevistas semanales con el joven, supervisar y acompañar su evolución, elaborar informes mensuales sobre su educación, conducta y progreso, ayudar a resolver problemas personales, familiares, de salud mental o de consumo de sustancias y trabajar en conjunto con otros profesionales que intervengan en el caso.
Los lugares de privación de la libertad de chicos desde los 14 años se llamarán “institutos especializados de detención”: “establecimientos especialmente preparados para jóvenes en conflicto con la ley penal, atendidos por personal capacitado”, dice la norma. Se ordena que la detención debe estar orientada a: la educación, la formación personal, la resocialización y la reinserción social. “Todo ello respetando la dignidad humana del adolescente”, justifica, por las dudas.
Acerca de las condiciones de alojamiento, la ley dispone que los adolescentes no pueden convivir con personas detenidas mayores de edad, que al cumplir 18 años, en principio deben pasar a un establecimiento para adultos si continúan cumpliendo condena, aunque, de manera excepcional, pueden permanecer en el instituto juvenil hasta finalizar el año calendario en que alcanzan la mayoría de edad, “cuando sea conveniente para continuar tratamientos médicos, psicológicos o programas educativos o laborales”.
Además, dentro de los institutos los jóvenes deben ser ubicados teniendo en cuenta: su personalidad y estado de salud, su edad, su realidad cultural y educativa y el tipo de medida que cumplen. Asimismo, subraya la nueva normativa que los detenidos tienen derecho a: recibir educación y capacitación laboral, acceder a cursos y talleres según sus intereses y aptitudes, y participar en actividades deportivas, culturales, recreativas y religiosas, cuando así lo deseen.
También agrega que, si el juez o el fiscal consideran que el adolescente presenta problemas de consumo de alcohol o drogas, debe intervenir un equipo interdisciplinario para evaluar la situación y proponer el tratamiento más adecuado.
Cabe mencionar que todavía la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia no se expidió, al menos públicamente, acerca de esta situación sobre los lugares de detención de menores desde los 14 años. Este máximo tribunal entrerriano había declarado inconstitucional hace poco la Ley 10.450 que establece las reglas del procedimiento penal para adolescentes de 14 a 18 años, la cual ahora adquiere mayor relevancia ya que la provincia cuenta de esta manera con una legislación que resguarda los derechos en el proceso tanto de los menores imputados como de las víctimas.
El Ministerio Público Fiscal de la provincia elaboró un protocolo para las causas comprendidas en esta ley del Régimen Penal Juvenil con una fuerte impronta socioeducativa y de abordaje de los problemas de salud mental, que son las carencias que se encuentran en la gran mayoría de los casos de adolescentes que llegan a los Tribunales acusados de algún delito.