La Dra. Lalosa interpuso un Recurso de Revocatoria ante el Gobernador de Entre Ríos Rogelio Frigerio

21-07-2026 Chajari | Actualidad

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Tal como lo estipula la normativa provincial, luego de ser notificada y dentro de los 5 días hábiles la Dra. Fernanda Lalosa presentó un Recurso de Revocatoria contra el Decreto N° 1935/26 – Expte: 3133604MS en la que se resuelve su Cesantía al cargo de Personal Interno de Guardia de la carrera Profesional Asistencial Sanitaria del Hospital Santa Rosa de la ciudad de Chajarí.

En parte de los párrafos de la presentación de 29 páginas firmada por la Profesional médica solicita que “el acto administrativo sea totalmente revocado por resultar contrario al ordenamiento jurídico, al encontrarse afectados sus elementos esenciales de causa y motivación y haberse vulnerado, durante el procedimiento que culminó en su dictado, las garantías que integran el debido procedimiento administrativo, el derecho de defensa, la estabilidad del empleo público y la tutela administrativa efectiva resultando nulo de nulidad absoluta…”

Se solicita además en el escrito “como medida previa” se “suspenda los efectos del acto cuestionado” … “en razón de que no existen ni legalidad ni causa justificada fundante de la aplicación del acto como sanción ya que implica la pérdida del salario de carácter alimentario y la pérdida de la obra social”.

Además, en la presentación de esta revocatoria hay una descripción de las declaraciones de los testigos citados en el proceso del sumario y posterior resolución.

Una constante en la presentación es la afirmación sobre la ausencia de pruebas sobre hechos ocurridos o acciones de la profesional involucrada, con lo cual se fundamenta que “si no hay pruebas que los acrediten la cesantía no tiene razón de ser”.

Según el escrito también hace hincapié en la falta de pruebas a las afirmaciones constantes de los denunciantes, incluido el Director del Hospital donde las mismas son consideradas de “carácter vagas” y sin ninguna prueba.

A partir de ahora la Revocatoria que fue recibida en el Gobierno de Entre Ríos deberá resolverse administrativamente, aunque en la misma también se reserva la damnificada de acudir a la vía federal y de las acciones legales pertinentes.

 

Autor: Oscar Arnau
Fuente: TAL CUAL CHAJARI

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