Recuerdan los horarios de funcionamiento de comercios exentos del Aislamiento Social

23-03-2020 Chajari | Actualidad

405bd39a-bf58-416b-bc64-08b55f1c451b
El Decreto DE N°230/20, fechado este sábado 21 de marzo, se emitió ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

Es menester reiterar a los comercios involucrados de Chajarí que el Decreto establece, en su primer artículo, que la actividad comercial en general -exceptuando los servicios de salud y las farmacias– podrán prestar atención al público de 8 a 20 hs. El expendio de combustible queda exceptuado de este horario pudiendo desarrollar su actividad de 6 a 22 hs. Los servicios de preparación y venta de comida elaborada, por su parte, podrán trabajar de 10 a 13 hs. y de 19 a 22 hs. y sólo podrán realizar entregas mediante la modalidad de servicios de entrega a domicilio.

El cuarto artículo del Decreto establece que todos los comercios deberán garantizar el estricto cumplimiento de las recomendaciones sanitarias de higiene, distanciamiento social y realizar el control de ingreso pertinente para evitar la aglomeración de personas en el interior de los locales comerciales.

La vigencia, por su parte, será a partir de la emisión del Decreto y hasta tanto cese la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio establecida por el Gobierno Nacional. Se dispone, además, comunicar estas medidas a Comisarías locales de la Policía de Entre Ríos, Delegación Chajarí de la Policía Federal Argentina, Sección Chajarí de Gendarmería Nacional; Centro de Actividades Económicas de Chajarí; Centro de Empleados de Comercio y Concejo Deliberante de Chajarí; invitando a acatar el cumplimiento de estas disposiciones y hacerlas cumplir. Se eleva, además, al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación y ratificación.

Fundamentos del Decreto

En los considerandos se hace referencia al Decreto Nacional que establece la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en forma temporaria, en principio, desde el 20 hasta el 31 de marzo.

Este Decreto, como así también el N°393/2020 emitido por el Poder Ejecutivo de Entre Ríos, invitan a los municipios a dictar las medidas necesarias para implementar normado. En consecuencia, a partir del análisis de la situación -realizado en conjunto con las fuerzas de seguridad- resulta conveniente establecer normas que contribuyan a minimizar la circulación de personas y regular el funcionamiento de la actividad comercial.

Autor: Nicolás Bengoa

Comentarios