Chajarí firmará un convenio marco de cooperación y asistencia con la UTN sede Paraná

12-01-2019 Chajari | Actualidad

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El objetivo del mismo tendrá que ver con el desarrollo de algunos proyectos y la instalación de sistemas de energía solar para la producción de energía eléctrica.

Para conversar al respecto, el pasado martes, el Intendente Pedro Galimberti se reunió, en la capital provincial, con los Ingenieros Juan Stivanello y Facundo Cuestas, de la Universidad Tecnológica Nacional sede Paraná.

En este sentido, el convenio marco que firmarán próximamente menciona que el objetivo del mismo será la mutua colaboración entre las partes en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines de los signatarios o que permitan brindar un servicio a la comunidad de sus respectivas jurisdicciones o áreas de influencia.

“Tendrá que ver con el desarrollo de algunos proyectos y la instalación de sistemas de energías solar (paneles fotovoltaicos) para la producción de energía eléctrica en dependencias municipales y para el desarrollo de un proyecto tendiente a ser instalado en domicilios particulares”, explicó el presidente municipal de nuestra ciudad.

Asimismo, el convenio indica que ambas partes podrán brindarse mutuo apoyo mediante asesoramiento y transferencia de información científica y técnica de que dispusieran como así, también, integrar comisiones de trabajo para realizar estudios de interés común. Del mismo modo, podrán facilitar el acceso de las partes a laboratorios, instalaciones, plantas, archivos, bibliotecas y otros, propiedad de cada una de las signatarias; y preparar y promover trabajos en común que sean de interés para las partes en cualquiera de las áreas de la tecnología en las que ambas desarrollen conjuntamente sus actividades; entre otras cuestiones.

También, en el marco del convenio que se rubricará en las próximas semanas, las partes conjuntamente podrán brindar servicios a terceros dentro de los objetivos y fines enunciados, debiéndose en cada caso acordar los recursos que deberán aportar los comitentes, los que serán administrados por las partes conforme el acuerdo que oportunamente establezcan al efecto.

En cuanto a la vigencia, hay que decir que tendrá un plazo de 2 años desde la fecha de su firma, pudiendo cualquiera de las partes ponerle fin al mismo expresando su voluntad de rescindirlo en cualquier momento.

En ningún caso, la rescisión podrá afectar programas concertados en que participen terceros o en los cuales el beneficiario resulte ajeno a las partes signatarias del mismo.

Autor: Marisa Dominguez
Fuente: Tal Cual

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