La Corte Suprema de Buenos Aires declaró inconstitucional “pirotecnia cero”. En Entre Ríos hay fallos prohibiendo la misma.

16-10-2018 El País | Actualidad

pirotecnia

 

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró inconstitucional la Ordenanza N° 220/15 de la Municipalidad de Miramar que prohibía la pirotecnia en todo el partido a partir de una demanda presentada por la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA). El fallo cobra relevancia porque son más de 15 los distritos con normativas similares.

Si bien la resolución judicial tiene área de aplicación en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, en éstas últimas 72 horas diferentes empresarios en distintas provincias, están estudiando la posibilidad de tomar dicha “inconstitucionalidad” como herramienta de presentaciones locales en algunos municipios donde se declaró “pirotecnia cero”.

El último antecedente que Tal Cual pudo indagar en la Provincia de Entre Ríos se trata de los  autos, caratulados «CAMARA ARGENTINA DE FUEGOS ARTIFICIALES (CAEFA) Y OTROS C/MUNICIPALIDAD DE PARANA S- ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD Art. 51 inc. b de la ley 8369 S/ INCIDENTE MEDIDA CAUTELAR» (Nº 19815), en la cual el Juez Martín Luis Furman resolvió, en diciembre de 2017, y en la que en su Art. N° 1) resuelve “Rechazar la medida cautelar innovativa, pedida por los actores, de suspensión del Decreto Nº 1469/2017 dictado por el señor Presidente de la MUNICIPALIDAD DE PARANÁ”  y en la que se solicitaba su inconstitucionalidad.

¿Qué dice la Corte Suprema de Buenos Aires?

La sentencia I-74078 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar al planteo legal efectuado por la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) amparado en la Ley Nacional N° 20.429 y su Decreto Reglamentario N° 302/83 que regulan la fabricación, venta y uso de productos autorizados en todo el territorio nacional.

Desde CAEFA celebraron la sentencia y aseguraron que “podrá hacerse extensiva a todos aquellos municipios con ordenanzas similares”. En territorio bonaerense, son más de 15 los distritos que prohibieron o limitaron el uso de fuegos artificiales.

“Nuevamente miles de turistas y vecinos podrán celebrar utilizando fuegos artificiales de venta libre de manera responsable para las fiestas de fin de año, para su alegría y tranquilidad de las 60.000 personas que trabajan en la fabricación, transporte y comercialización de los productos”, celebraron desde la Cámara.

Entre los distritos que ya cuentan con normativas que se oponen al uso de fuegos de artificios figuran Junín, Chascomús, Lezama, Florencio Varela, General Alvarado, Bahía Blanca, Coronel Rosales, Coronel Pringles, Avellaneda, Bragado, Berazategui, Salliqueló, Rivadavia, San Pedro, Ramallo, Olavarría y Chivilcoy, entre otros.

El Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Fósforo, Encendido, Pirotecnia, Velas y Afines (SOEIFEPVA) también destacó el fallo de la Suprema Corte de Justicia.

“Este fallo lleva un poco de tranquilidad a los miles de familias que viven de la industria de la pirotecnia. Es un haz de luz que esperemos siente precedente en todos los distritos del país. Prohibir no es nunca una solución”, aseguró Clay Jara Toledo, secretario general del gremio.

Desde el gremio señalaron la necesidad de “avanzar en una legislación que contemple el abanico completo de problemáticas y que dé respuestas concretas a los reclamos sobre la materia efectuados por movimientos ambientalistas, animalistas y familias que conviven con personas con trastornos del espectro autista, entre otros”.

 

 

Autor: Oscar Arnau
Fuente: Tal Cual

Comentarios

Pedro Miñones
2018-10-16 08:50:11
Importante Fallo en algo que es OBVIO....porque la prohibición total de una actividad que nace lícita no es posible...sólo se la puede "reglamentar" en la medida que los reglamentos no impliquen una PROHIBICIÓN ENCUBIERTA...vale éste Fallo para aquellos Municipios que han PROHIBIDO TOTALMENTE LA CIRCULACIÓN DE CUATRICICLOS...o que se PROHIBE TOTALMENTE ANTENAS....sólo hay que dictar REGLAMENTOS RAZONABLES...no prohibiciones....pues como dice la canción....debe estar prohibido prohibir...hay que educar...pues EDUCAR es AMAR....