El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Chajarí (ER), a cargo del Dr. MARIANO LUIS VELASCO (Juez), Secretaría a cargo de la Dra. VERONICA P. RAMOS, en los autos caratulados: «BOGGIA Raquel S/SUCESORIO AB INTESTATO-«, Expte. Nº 6833/24., cita y emplaza por el término de TREINTA DIAS bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por RAQUEL BOGGIA, DNI Nº 9.983.305, nacido el día 26/01/1942, fallecido el día 02/06/2023, en la ciudad de Chajari, vecino que fuera de la ciudad de Chajari, domiciliado en calle PABLO STAMPA N° 4185 de Chajarí, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos.- Publíquese por TRES DIAS.-La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica:» Chajarí, 26 de diciembre de 2024.-…- téngase por presentados los Sres. ROSA DEL CARMEN BOGGIA; MARIA LUISA BOGGIA; ROQUE ANTONIO BOGGIA; CARLOS ELÍAS BOGGIA y ROSA DEL CARMEN BOGGIA, con domicilio procesal constituido y real denunciado, con patrocinio letrado de la Dra. MARIA LILIANA SURT, por parte y documentación de su referencia acompañada.- Al estar «prima facie» acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el PROCESO SUCESORIO «ab-intestato» de la Señora RAQUEL BOGGIA, vecina que fuera de esta ciudad de Chajarí, Departamento Federación (ER).- Publíquense edictos por TRES DIAS en el BOLETIN OFICIAL y en cualquier periódico de publicación diaria digital de esta ciudad citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de TREINTA DIAS así lo acrediten. La publicación ordenada deberá acreditarse adjuntando comprobante de factura y la publicación digital en el expediente. Dése intervención al representante del Ministerio Público Fiscal. Notifíquese conforme arts. 1 y 4 de la Acordada 15/18 SNE del STJER. Hágase conocer la apertura por oficio a la Dirección del Notariado de la Provincia para su inscripción en el Registro Público de Juicios Universales (arts. 134, 135 y concs. Ley 6964); facultando a la Dra. MARIA LILIANA SURT y/o a quien ella misma designe para intervenir en su diligenciamiento.- Notifíquese conforme arts. 1 y 4 de la Acordada 15/18 SNE del STJER.-FDO.: Dr. JOSE MARIANO LUYIS VELASCO.- Juez – JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº2″.-