ENTRE RIOS: Diputados pretenden regular la “atención de la salud pública a extranjeros”

01-04-2024 Entre Ríos | Actualidad

 

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Con la autoría del Diputado Provincial (Partido FE), integrante de la Libertad Avanza Carlos Damasco, acompañado, como coautores, por Julia Calleros (PARTIDO FE), Liliana Salinas (Partido Conservador), Jorge Maier y Mauro Godein de Juntos por Entre Ríos, se dio entrada a un Proyecto de Ley en la que estipula el cobro de las atenciones en la Salud Pública Provincial para los extranjeros.

Dentro de sus fundamentos el proyecto expresa “ Ante la crítica situación que atraviesa el sistema provincial de salud, atento a la merma de ingresos para solventar su funcionamiento, como al crecimiento de la demanda de las prestaciones por parte de personas de nacionalidad extranjera, y más aun estando esta provincia limitando geográficamente con países vecinos, y considerando que resulta necesario aclarar que toda asistencia sanitaria, desde la de menor complejidad hasta la de mayor envergadura, posee un costo”.

“Que es preciso advertir que la crisis económica que atraviesa el país, no resulta ajena a la Provincia de Entre Ríos, la cual ha sufrido una merma en su erario no sólo por el recorte de las transferencias nacionales sino también por la disminución de la recaudación producida por la propia crisis económica”.

“En tal escenario y ante la emergencia económica declarada tanto a nivel nacional como provincial, el alto índice inflacionario existente que encarece día a día los insumos, medicamentos y elementos necesarios para garantizar la atención sanitaria, resulta necesario adoptar medidas para racionalizar de manera eficiente los recursos con los que se cuenta”.

En este sentido en el artículo 1° establece que el objeto de la Ley es “regular el acceso a la atención sanitaria en el sistema de salud pública provincial a los extranjeros que lo requieran”.

No obstante, en los artículos subsiguientes hace una diferenciación sobre esta atención en función de la situación jurídica del extranjero en el país.

Fija que los servicios de salud pública provincial se prestarán “en forma igualitaria a los extranjeros que revistan condición de residentes permanentes”, mientras que “los extranjeros que pertenezcan a las categorías de “residentes transitorios”, “residentes temporales” y “residentes precarios”, gozarán del acceso al sistema público de acuerdo al siguiente ordenamiento: Inc. a.) la atención sanitaria a los extranjeros en casos de urgencia o emergencia, por enfermedad de aparición súbita o accidente, cualquiera sea la categoría que éstos revistan, no podrá negárseles ni serles restringida. Para ello, el Estado Provincial arbitrará con posterioridad los medios necesarios para percibir los gastos ocasionados.

Inc. b.) a los efectos de poder garantizar la atención en los centros de salud públicos provinciales en los casos no contemplados en los artículos anteriores, tanto los residentes transitorios, residentes temporales, y los residentes precarios, deberán solventar las erogaciones que la atención demande a través de un seguro de salud que cubra la misma en el ámbito local o, ante la falta de éste, por sí mismos.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Autor: Oscar Arnau
Fuente: TAL CUAL CHAJARI

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