A las 8.52 horas de este martes la Escribiente Encargada de la Oficina, notificó a todos los involucrados en la causa Álvarez Fernanda Vanesa y otra c/Municipalidad de Chajarí, su acción de amparo haciendo conocer el fallo, al que Tal Cual tuvo acceso, firmado por la Dra. Mónica Liliana Olivi, Jueza de Feria y por la Secretaria Provisoria Dra. Julieta Locaso, haciéndoles conocer el fallo, que seguramente tendrá otros capítulos con la segura apelación por parte de la Municipalidad de Chajarí.
Haciendo historia, recordemos que el Ejecutivo Municipal encabezado por el Intendente Pedro Galimberti envió al Concejo Deliberante en el mes de diciembre una serie de Decretos, suscriptos por la administración anterior, y que a su parecer resultaban lesivos para la Municipalidad. El Concejo con fecha 30 de diciembre elaboró las ordenanzas correspondientes en la que la mayoría del HCD (Bloque de Cambiemos) votó, produciéndose un empate (Ausencia de la concejal Pizzio) y con el voto del Vice Intendente y Presidente del cuerpo Esteban Pezzini se aprobó la misma.
Esta ordenanza provocó una presentación judicial por parte de Silvina Piana, ex Directora de Turismo y de la Dra. Fernanda Álvarez, integrante del Equipo Técnico de la Subdirección de Niñez y Familia por ese entonces y que hoy se conoció el fallo firmado por la Jueza interviniente en cuyo punto 1° dice textualmente “Haciendo lugar a la acción de amparo promovida por Fernanda Vanesa Álvarez y María Silvina Piana contra la Municipalidad de Chajarí”.
Pero además el fallo declara inconstitucionales “las Ordenanzas 1557 y 1558 sancionadas el 30 de diciembre de 2015 por el Honorable Concejo Deliberante y Decretos reglamentarios N° 922 y 923 de fecha 30 de diciembre del Departamento Ejecutivo Municipal”.
En un párrafo más abajo Ordena la restitución de las actoras (Álvarez y Piana) en forma inmediata al cargo con sus atributos que ostentan por decreto 805/2015 y 698/2015 y obliga a la municipalidad al pago de los honorarios que ascienden a 11 mil pesos ($ 6.600 Dr. Guillermo Núñez y $ 4400 Dr. Ignacio Acevedo Miño).
Nota presentada por Piana y Álvarez presentada en la Sesión del HCD del 30 de Diciembre y que la mayoría se había negado a leer públicamente.
En algunos párrafos la nota dice textualmente:
“le hacemos saber por medio de la presente que el ejecutivo no ha mantenido diálogo alguno, notificación y/o comunicación de manera personal, telefónica ni de cualquier otro medio”…”por lo que nos resulta desconocido y ajeno su fundamento, contenido y motivos por los cuales nuestro nombre y honor está siendo expuesto de manera descalificante e injuriante ante la ciudadanía local, regional y nacional al ser invocados ante medios con tales alcances”.
“Consideramos que al haber mencionado nuestros nombres en diferentes medios sociales en forma negativa se configuró un daño a nuestra imagen profesional habiéndose producido además violencia institucional y laboral, dejando a disposición de este concejo los antecedentes laborales y capacitaciones que avalan nuestra trayectoria de trabajo como así también nuestros recibos de haberes los que no superan el mínimo vital y móvil”.
“Por consiguiente solicitamos a este concejo no se aprueba los proyectos de ordenanza que invoca a las aquí firmantes omita continuar lesionando nuestra dignidad como agentes municipales y como profesionales, e informe al Ejecutivo municipal sobre esta presentación a fines de que adopte los actos administrativos necesarios para restablecer los derechos vulnerados”.