Problemas para la citrícultura: los Centros de Tratamiento Cuarentenario paralizaron sus servicios

16-02-2023 El País | Actualidad

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Los productores de frutas y hortalizas, tropezaron el pasado 13 de febrero con nuevo inconveniente para sus producciones, ante el comunicado de los Centros de Tratamientos Cuarentenario en donde informaban el cese de actividades en todo el país “hasta tanto se concrete un diálogo serio con SENASA” que es el organismo que los habilita y controla.

Los Centros de Tratamiento están instalados en diferentes lugares del país, en Chajarí hay uno de ellos en el Área Industrial, y realizan los tratamientos pertinentes contra las plagas cuarentenarias, son habilitados y fiscalizados por el Senasa para verificar el cumplimiento de los requisitos para el ingreso de productos vegetales hospederos de Mosca de los Frutos y Lobesia botrana a áreas libres del territorio argentino o para la exportación.

Precisamente el ente que los agrupa el pasado 13 de febrero anunciaron el corte del servicio hasta tanto se “dialogue” con el SENASA, lo que provoca que productores citrícolas no puedan enviar fruta a algunos mercados específicos, lo que podría implicar desabastecimiento de estos mercados en frutas y hortalizas.

A continuación el comunicado de los Centros de Tratamiento:

ASOCIACION CENTROS DE TRATAMIENTO CUARENTENARIO

A los Señores:

SENASA, Presidente Ing. Diana María Guillen, Dir. Sanidad Vegetal Ing. Wilda Ramírez, Coordinador SUFP Ing. Christian Robert. Productores de frutas cítricas y hortalizas de la República Argentina Empacadores del NOA y NEA Transportistas Introductores de frutas de hortalizas de la Región Cuyo y los del Sur de Río Colorado-

Los Centros de Tratamientos Cuarentenarios del todo el país, cuya nómina se incorporará al pie, comunican que a partir del 13 de febrero de 2023, cesará la prestación de servicios de Fumigación con Bromuro de Metilo y Frío, ante la imposibilidad de adecuarse a los nuevos requerimientos exigidos intempestivamente por SENASA desde la fecha mencionada y hasta tanto se concrete un diálogo serio, coherente, científico, racional y criterioso, que incluya a todos los actores de la cadena productiva, su transporte, tratamiento, comercialización, y principalmente atienda a la realidad socioeconómica de nuestro país, desde una sequía feroz, una inflación implacable, y una caída sostenida en el poder adquisitivo de gran parte de la población, por cuanto su aplicación no hará otra cosa que encarecer los productos de la mesa alimentaria de los argentinos en esas zonas afectadas. Esta medida será puesta en conocimiento de los gobiernos provinciales de Mendoza, San Juan, Río Negro, Neuquén, Santa Cuz, Chubut y Tierra del Fuego, por cuanto estas regiones se verán seriamente afectada por el probable desabastecimiento de productos básicos.

Para su conocimiento, enumeramos los principales requerimientos en la Resolución de

SENASA:

– Autorización a FUNDANEA para trasladar un incremento del 100% en los aranceles a abonar a SENASA por servicio de fiscalización, que pasa de $20 (actualizados el 21/11/22) a $40 (a partir del 13/02/23) por cajón tratado, (por cada camión se deberá abonar previo a fumigar un promedio de $ 58.000), suma que hoy, los centros de tratamiento y los productores están imposibilitados de pagar, siendo además de onerosos, carentes de relación justificable con la prestación dada, y por sobre todo alejados de la situación económica del país. El aumento de estos aranceles de marzo/2022 a febrero/2023 (11 meses) fue del 233%, frente a una inflación del 100% interanual. En este año 2023, quedan totalmente desproporcionados frente a una pauta del 60% anual estimada por el Gobierno Nacional como inflación calculada.

– Sellado de cada cajón que se fumigue con dos sellos, para lo cual se necesita una ingente contratación de mano de obra, que insumiría gran parte del tiempo con los horarios ya acotados actualmente a 14 hs diarias por SENASA para la actuación de sus inspectores.

– Modificación del software de cada cámara: ya nuestros programadores fueron claros y precisos sobre la inaplicabilidad en tiempo y costo que insumiría el desarrollo y aplicación de las mismas.

– Cámaras IP en cada centro; es un control sobre los controles. Para eso SENASA cuenta con inspectores en todos los CTC y durante todo el tratamiento. En esta misma línea de aplicación de controles se reitera el pedido de colocar y consolidar los controles en todas las barreras sanitarias de ingreso a las zonas protegidas.

Resumiendo, los CTC del todo país proponen a SENASA que se apeguen a las normativas internacionales sobre exportación, importación y tratamientos cuarentenarios de APHIS/USDA, las cuales no exigen ninguna de estas regulaciones, adoptando metodologías simples, claras y sencillas que no encarezcan ni dificulten su aplicación y por consecuencia la logística / comercialización de los productos. Las modificaciones propuestas en la resolución 98/2023 de SENASA y los últimos Memorándum emitidos, no existen en ningún lugar del mundo, y aquí, son de casi imposible cumplimiento.

Por último, se insta nuevamente a SENASA a facilitar un diálogo sincero, constructivo donde realmente los Centros de Tratamiento sean escuchados y se les de participación en el dictado de normas que regulan su actividad.

Sin otro particular, saludamos Atte.

FIRMANTES:

BAHIA BLANCA FUMIGACIONES BA 01 – 001 – CB

DELTA BERRIES ER 07 – 003 – CF

FE.CI.ER. ER 07 – 001 – CB

GROSRUMER S.A ER 07 – 012 – CB

NEW YATAY SA BA 01 – 006 – CB

PUERTO FRIO BA 01 – 001 – CF

S.A.T. SA. Las Catitas MZA 12 – 001 – CB

S.A.T. SA. San Martin MZA 12 – 002 – CB

S.A.T SA. CAUCETE SJN 17 – 003 – CB

S.A.T. SA. FRIGORIFICO FEMAN S.A SJN 17 – 008 – CB

SERVICIOS Y LOGISTICA ABAL SALTA STA 16 – 002 – CB

SERVICIOS Y LOGISTICA ABAL TUC 22 – 004 – CB

TERMOTRAT S.A DARACT SLS 18 – 001 – CB

TERMOTRAT S.A CHAJARI ER 07 – 002 – CB

YUTO FUMIGACIONES JUJ 09 – 001 – CB

Autor: Oscar Arnau
Fuente: TAL CUAL CHAJARI - Imagen ilustrativa

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