En la tarde de este jueves se conoció el Decreto Nº 900/2020 Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante y en el que se fija los nuevos horarios para la apertura y cierre de Bares y Restaurantes los fines de semana y los feriados.
En este sentido se publica textualmente la nueva norma Municipal en la que figuran los nuevos horarios en los diferentes días.
TEXTO:
DECRETO Nº 900/2020 D.E. Ad-Referéndum del Honorable Concejo
Deliberante.-
CHAJARI, (E. R.), 19 de Noviembre de 2020.-
VISTO: La vigencia prevista en el marco de los Decretos Ad Referéndum N° 782/2020 y
839/2020 HCD; y:
CONSIDERANDO: Que las normas citadas en el Visto del presente Decreto establecían el funcionamiento de actividades comerciales y apertura y cierre de bares y restaurantes;
Que los horarios establecidos fueron ampliamente acatados por los comerciantes y los vecinos de la ciudad de Chajarí, quienes comprenden la magnitud de la problemática que implica la pandemia por el virus COVID-19 en términos sanitarios, sociales y económicos;
Que científicos de la Organización Mundial de la Salud han remarcado la ineficacia de las cuarentenas prolongadas;
Que la realidad de la implementación del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” ha demostrado la necesidad de incorporar paulatinamente otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos colaterales ocasionados por las medidas adoptadas.-
Que asimismo es importante disponer de la ampliación del horario de funcionamiento de comercios y apertura y cierre de los bares y restaurantes.-
Que se debe dictar el texto legal pertinente,
POR ELLO:
EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CHAJARI en uso de sus atribuciones y AD– REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
DECRETA:
ARTICULO 1º: Establecer el horario de 06.00 a 24.00 hs. para el funcionamiento de actividades comerciales.-
ARTICULO 2º: Modificar el horario de apertura y cierre de bares y restaurantes, conforme a lo establecido en el Decreto N° 839/2020 D.E. Ad-Referéndum del HCD, quedando de la siguiente manera:
Todos los días en el horario de 10:00 a 14:00 hs y de 19 a 24:00.-
*Viernes: hasta las 01.00 hs.-
*Sábados, domingos, y feriados hasta las 03:00 hs.-
ARTICULO 2º: Realícense las comunicaciones de práctica.-
ARTÍCULO 3°: Elevar el presente al Honorable Concejo Deliberante para su ratificación.-
ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese y archívese.-